REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Nos decidimos a publicar un extracto del acta que recoge los asuntos tratados en la reunión de la comisión de seguimiento, en aras a mejorar la información del trabajo que realiza este Organo de Representación Sindical.
El pasado día 20 de febrero de 2017, se
reúne en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial la Comisión de Seguimiento
del Pacto/Convenio Colectivo de aplicación a los empleados municipales del
Ayuntamiento de Utebo.
Se
tratan los siguientes temas recogidos en el orden del día:
1º.-
Presentación de la propuesta del ORS sobre Oferta de Empleo Público para
el año 2017.
El representante del ORS pone de manifiesto
la necesidad de que se tenga en cuenta la opinión de los trabajadores para la
aprobación de la OEP 2017, pues habiendo mantenido contacto con distintas
áreas, han recibido quejas sobre necesidades de personal que concreta en el
Área de Seguridad y Orden Público: Policías Locales y en el Área de Gestión del
Patrimonio: Peones de Mantenimiento (“correturnos”, especialmente peones de
mantenimiento que realizan funciones de Conserje en los Colegios Públicos) que
consideran es necesario ofertar, para posteriormente poder cubrirlas con
personal fijo o en propiedad.
Los
representantes de la Corporación comunican que es voluntad política ofertar
todas las plazas posibles para cubrirlas con personal laboral fijo y
funcionarios de carrera, con el fin de mejorar la calidad de todos los
servicios públicos prestados.
Por último, los representantes sindicales se
comprometen a presentar una propuesta de
Oferta de Empleo Público para este año.
2º.-
Aclaración de la situación actual de las aportaciones al Plan de
Pensiones de los empleados públicos, por parte del Ayuntamiento de Utebo.
Recuerdan los
representantes sindicales que a partir del año 2012 se paralizaron las
aportaciones por parte del Ayuntamiento al Plan de Pensiones de la D.G.A. al
que se está adherido, y solicitan información sobre la situación actual del
mismo y sobre qué deben hacer aquellos empleados que suspendieron su aportación
en 2012 para iniciarlas otra vez.
El Concejal informa que
los trabajadores que solicitaron en su momento la adhesión al Plan de Pensiones
siguen realizando sus aportaciones, excepto aquellos otros que decidieron
suspenderlas, indicando que estos empleados lo que deben hacer es solicitar
mediante instancia en el registro de la Corporación la reanudación de sus
aportaciones al Plan de Pensiones e informa que cuando la LPGE lo ha permitido,
en éste caso la del ejercicio 2016, el
Ayuntamiento ha reanudado sus aportaciones, con efectos económicos de 1 de
enero de 2016, mediante Decreto de 30 de diciembre de 2016. Por último, añade
que para este ejercicio 2017 hay partida suficiente en la aplicación
presupuestaria correspondiente para que el Ayuntamiento realice sus
aportaciones.
3º.- Posibilidad de recuperación de los dos
días de asuntos propios reconocidos en convenio que faltan de ser devueltos.
El delegado sindical parte
de la premisa de que son conocedores de los días de permiso por asuntos
particulares que por Ley corresponden a los empleados municipales; No obstante,
desean saber si hay intención política de adoptar algún acuerdo en esta
materia.
El Sr. Cocejal indica que no hay debate político, pues
los días están fijados por Ley.
El representante ORS plantea la posibilidad de buscar
alguna fórmula para compensar esos días de asuntos propios que perdieron los
empleados públicos en 2012, a través de otros acuerdos para favorecer a los
trabajadores, como así se ha hecho en otras Administraciones Públicas.
El Sr. Alcalde añade que siempre se tiende a buscar lo
más favorable para los empleados dentro de la legalidad y pide que le presenten
los informes y acuerdos de aquellas otras Administraciones que han adoptado
acuerdos en los que se conceden más días de permisos por asuntos particulares a
los empleados públicos que los establecidos en la Ley.
El delegad@ ORS solicita aclaración de la normativa que
se debe aplicar a los permisos de los empleados municipales. El Técnico de
Administración General, aclara que para aquellos permisos regulados en el EBEB,
los empleados disfrutarán de los días ahí recogidos; sin embargo, respecto a
los permisos no recogidos en el al EBEP, cabe aplicar lo acordado mediante la
negociación colectiva, plasmada en el Convenio/Pacto de los empleados del
Ayuntamiento.
4º.- Criterios de concesión de cursos de
formación y su compensación si se realiza fuera de la jornada laboral. Estudio
del acuerdo anterior y posibles variaciones.
El
delegad@ sindical solicita que se aclare cuáles son los criterios que adopta el
equipo de gobierno para conceder o denegar cursos de formación solicitados por
los empleados municipales y la forma de compensar la realización de los mismos
fuera de la jornada habitual de trabajo.
El
Sr. Concejal responde que la justificación de conceder o denegar un curso
radica en todo caso en si el contenido del mismo está relacionado con las
funciones que realiza el empleado en su puesto de trabajo, buscando un
equilibrio entre el interés del Ayuntamiento y el del empleado municipal.
El
Sr. Alcalde hace mención al acuerdo relativo a las “Instrucciones sobre jornada
y horarios de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Utebo”
adoptado el 14 de marzo de 2013 en el que se señala que el tiempo de formación
será de 34 horas anuales, de las cuales ⅔ partes serán organizadas por el
Ayuntamiento, pudiendo realizarse fuera de la jornada habitual de trabajo,
compensándose después por el tiempo que haya durado el curso, y ⅓ parte serán
cursos solicitados por el empleado y aprobado por la Junta de Gobierno Local,
debiendo estar relacionado en todo caso con las funciones desarrollas en su
puesto de trabajo.
Se
recuerda que en todo caso las horas destinadas a formación se considerarán de
trabajo efectivo y que es voluntad política que el Ayuntamiento se involucre en
la formación del personal municipal, como así ha hecho con en curso de la nueva
Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
5º.- Estudio de medidas para compensar el
no disfrute de ciertos permisos para aquellos colectivos con horarios no
ordinarios. Propuestas.
El
delegado ORS plantea la posibilidad de adoptar un acuerdo para beneficiar a
aquellos empleados municipales que realicen una jornada no ordinaria, en
relación a algunos permisos. En concreto alude al Cuerpo de la Policía Local,
cuando son citados por los Tribunales de Justicia para asistir a juicios, que
se celebran en horario de mañana y se dá la circunstancia de que el miembro de
la Policía Local haya realizado turno de noche y termine su jornada laboral a
las 6:00 de la mañana.
A
lo que los representantes de la Corporación indican que se trata de casos
aislados, que se podrán estudiar en el momento en que se produzcan.
6º.-
Negociación modificación RPT- Puesto Administrativo en la OAC
Los representantes de la Corporación
informan que es necesario modificar la RPT a fin de adecuar las necesidades de
personal a las necesidades organizativas del Ayuntamiento, y por ello desean
negociar esta modificación.
Explican
que se prevé que un empleado municipal en Plantilla que preste servicios como
auxiliar administrativo pase a prestar servicios como Administrativo en la
Oficina de Atención Ciudadana a través de una convocatoria interna y mediante
comisión de servicios, durante dos años, para lo que es necesario modificar el
Grupo de Programa al que está adscrita una plaza vacante de Administrativo, en
concreto la n.º 187, del Grupo de Programa 920 – Administración General que
pasará al Grupo de Programa 925 – Atención a los ciudadanos.
Informan los
representantes de la Corporación que es intención política que en la Oficina
del Ciudadano esté adscrito un puesto de Administrativo y 2 de auxiliares
administrativos. Estos dos últimos nombrados con carácter interino para la
ejecución de un Programa de carácter temporal hasta que se creen las plazas en
Plantilla y se puedan cubrir en propiedad.
Siendo entendido y aceptado por los
representantes sindicales de los empleados municipales.
El
delegado ORS consulta la posibilidad de cubrir ese puesto de auxiliar
administrativo que quede vacante a consecuencia de la comisión de servicios, a
lo que los representantes de la Corporación responden que se cubrirá a través
de las fórmulas que permite la Ley, es decir, a través de una acumulación de
tareas o un programa de carácter temporal.
El
representante de los trabajadores plantea la posibilidad de realizar
acumulaciones y programas temporales en la Brigada, y los representantes de la
Corporación responden que, tras haber adoptado Resolución del Concejal de
Personal para realizar 4 llamamientos por acumulaciones de tareas de las 15
personas incluidas en la lista de espera de peones de mantenimiento vigente,
sólo una de ellas se encontraba disponible. Por ello, se está tramitando nuevo
proceso para crear una nueva lista de espera de peones de mantenimiento.
7º.- Otros
asuntos.
En
cuanto al escrito presentado por los representantes sindicales de los empleados
municipales solicitando se modifiquen las Bases que rigen la convocatoria para
la selección de un Técnico Informático, con carácter interino, para que el
sistema selectivo sea el concurso-oposición, en vez de sólo la oposición, se pone en su conocimiento que la
convocatoria y las Bases que la rigen ya han sido objeto de publicación,
habiendo empezado el plazo para la presentación de instancias, pues habiendo
dado un tiempo prudencial, dentro de la urgencia de este proceso selectivo, no
habían recibido ninguna noticia de esta propuesta de cambio.
Que
en cuanto el escrito presentado por los representantes sindicales de los
empleados municipales solicitando se modifiquen las Bases que rigen la
convocatoria para la creación de una lista de espera de peones de
mantenimiento, para que el sistema selectivo sea el concurso-oposición, en vez
de sólo la oposición, los representantes de la Corporación aceptan dicha
propuesta, comprometiéndose a modificar las Bases, aunque son conscientes de
que la valoración de los méritos en la fase del concurso alargará en el tiempo
el proceso selectivo.
Por
último, los representantes sindicales solicitan información sobre el art.12 del
Pacto/Convenio que indica lo siguiente: “Los calendarios laborales
incorporarán dos días adicionales de permisos por asuntos propios cuando los
días 24 y 31 de diciembre coincidan en festivo, sábado o día no laborable.
El
personal funcionario que por específicas peculiaridades de su trabajo, deba
prestar servicio en los días que como inhábiles vienen recogido en el
calendario laboral, será compensado con el disfrute de un día permiso, señalado
por el funcionario con la conformidad del Sr. Alcalde y con la compensación
económica correspondiente a otro día, según las retribuciones de cada
funcionario, salvo en aquellos servicios en los que estos días estén
comprendidos dentro del cómputo anual de permisos de su calendario laboral, en
cuyo caso serán compensados con un día de permiso.”
Se plantea la duda de que
estos días hayan sido incluidos en el cuadrante de la Policía Local, afirmando
los representantes sindicales que no se encuentran incluidos y, por su parte,
los representantes de la Corporación acuerdan proceder a su estudio.
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